Aquellas organizaciones que se constituyen como Agentes de Retención cancelan parcialmente sus deudas entregando un comprobante de retención por un determinado porcentaje, además de los valores corrientes (efectivo, documentos endosables, etc). De esta manera, este impuesto “X” lo recibe el vendedor como parte de pago, quién deberá liquidar a la administradora de impuestos como un monto a favor en el pago de ingresos brutos o ganancias, por ejemplo, similar a lo que sucede con la liquidación de I.V.A. En resumen, en los casos que aplique, al pagar un monto se retiene, es decir, se deduce de lo que se paga un parte para el pago de un impuesto y esa parte no la recibe el vendedor de la operación comercial, sino que le es entregado un comprobante que indica el monto que se le retuvo. El uso de este gravamen debe ser configurado en el sistema para su utilización. Siempre que se desee retener un importe en el pago de una factura de compra, el comprobante debe ser cargado en el sistema como cancelado en cuenta corriente para poder utilizar luego la sección de Pagos.
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